jueves, 24 de abril de 2014

Por 16 en 22 votos, el Senado aprobó la ley de inclusión financiera

Publicado a las 18:58 por Información

Con los votos del Frente Amplio, la Cámara de Senadores aprobó la ley de inclusión financiera que la oposición rechaza. Hubo una movilización frente al Palacio Legislativo por parte de los cooperativistas, también contrarios a la ahora aprobada y polémica ley.
Con los votos del Frente Amplio, la Cámara de Senadores aprobó en la tarde de hoy el proyecto de ley de inclusión financiera. El texto, que ahora es ley, fue sancionada solo con los votos del oficialismo: 16 en 22.


La polémica votación tuvo como fondo una protesta de los cooperativistas que se oponen a la ahora aprobada ley. Hubo una multitudinaria marcha y movilización en la explanada del Parlamento, en la que participaron funcionarios y socios de ANDA y 75 cooperativas nucleadas en Cudecoop (ACAC, Fucac, Fucvam, etc) y en la Cámara del sector (Cucacc).

Llegaron unos 20 ómnibus y las barras del Senado se llenaron de cooperativistas, las cuales fueron desalojadas más tarde, así como la explanada y se pudo reestablecer la normalidad del tránsito.

Cudecoop y Cucacc entienden la ley de inclusión financiera perjudica directamente a miles de uruguayos trabajadores y a las 3.500 familias de los funcionarios del sector. En Anda hablan de un impacto a 230.000 personas.
Algunos legisladores del Frente Amplio pretendían introducir cambios especialmente en dos artículos que tienen resistencia de las cooperativas.

Una de las modificaciones propuestas por los senadores Enrique Rubio (Vertiente Artiguista) y Alberto Couriel (Espacio 609) era cambiar el orden de prioridad para efectuar el descuento de sueldos cuando se otorgan créditos por nómina.

Según el proyecto, el primero que tiene derecho a cobrar es el Banco República (BROU), luego el Banco Hipotecario (BHU) y en tercer lugar se ubica a las cooperativas y a los bancos privados.

La posición de los legisladores es que todas las cooperativas queden por encima de las instituciones bancarias del sector privado.

La otra modificación impulsada tiene que ver con el porcentaje mínimo de salario que se debe cobrar luego de descuentos.

La redacción actual establece que ninguna persona podrá percibir por un sueldo o jubilación una cantidad de dinero inferior al 30% del monto nominal, una vez deducidos los impuestos a las rentas y las contribuciones especiales de seguridad social. Ese porcentaje se elevará a 35% en 2015, a 40% en 2016, a 45% en 2017 y a 50% en 2018.

Este punto ya tuvo cambios porque el proyecto original establecía llevar a 50% el mínimo no tangible en 2016 , en vez de en 2018 como quedó.

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